
INFORMACION GENERAL
A continuación se presentan algunos datos básicos vigentes en El Salvador de
carácter mercantil y tributario.
INFORMACION CAMBIARIA
El colón (¢) y el dólar estadounidense circulan libremente como monedas de curso
legal e irrestrito a un tipo de cambio fijo e inalterable de ¢8.75 por US$1
dólar. Las contabilidades podrán registrarse en dólares o colones. Los bancos
están obligados a manejar todas sus operaciones y contabilidades en dólares.
INFORMACION MONETARIA
Las tasas de interes por préstamos bancarios son reguladas por el libre mercado.
En general no existe regulación de precios para los productos o servicios
ofertados.
INFORMACION MERCANTIL
Las sociedades pueden constituirse con dos socios como mínimo, quienes pueden
ser personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras. El capital mínimo
de fundación para las sociedades es de US$2,000 dólares. El régimen de su capital puede ser fijo o
variable. Las acciones pueden ser nominativas o al portador de un valor nominal de US$1 dólar cada una, además pueden ser
comunes o preferidas. Pueden dedicarse a cualquier actividad lícita sin
restricciones de ningun tipo.
Adicionalmente las personas juridicas extranjeras pueden operar a traves de:
sucursales o agencias. Las obligaciones fiscales y mercantiles son similares a
las nacionales.
INFORMACION FISCAL
Los impuesos fiscales vigentes son: Impuestos sobre la Renta, impuesto de IVA e
impuestos municipales. Asimismo se gravan con los respectivos aranceles las
importaciones.
Ley de impuesto sobre la renta
Personas jurídicas nacionales o extranjeras, tasa única del 25% de sus
utilidades. Personas naturales extranjeras con permanencia física menor a 200
días, 25% sobre su utilidad imponible los dividendos no son
gravados y son de libre remisión.
Los pagos por servicios u honorarios, hechos a personas juridicas o naturales
extranjeras, están sujetos a una retención del 20% sobre dichos pagos, esta
retención es acreditable contra el impuesto definitivo del 25%.
Los sueldos y salarios de las personas naturales domiciliadas (permanencia mayor
a 200 días consecutivos en el país), están sujetos a retención de conformidad a
las respectivas tablas de retención, acreditable contra su impuesto definitivo.
Las personas jurídicas y naturales están obligadas a enterar en concepto de pago anticipado
de impuesto el 1.5% de sus ingresos y en casos especiales de las personas naturales del 0% al 0.3%.
El período a declarar es del primero de enero al 31 de diciembre, debiendo
presentarse la liquidación a mas tardar al 30 de abril después de finalizado el
ejercicio fiscal.
Ley de IVA
La transferencia de bienes y servicios genera un débito fiscal del 13% el cual
se compensa contra el crédito fiscal recibido por la compra de bienes y
servicios. Las exportaciones están gravadas con tasa cero por ciento. La liquidación se presenta mensualmente, los créditos fiscales sobrantes pueden
utilizarse en los siguientes meses.
Los pagos de servicios a personas jurídicas y naturales no domiciliadas, están
sujetas a una retención del 13%, la cual es acreditable como un crédito fiscal
contra los débitos fiscales.
Las importaciones están afectas a IVA del 13%.
Las personas jurídicas o naturales con activo mayor a US$1,142,857 ó ingresos
anuales mayores a US$571,429, obligatoriamente deben nombrar un auditor fiscal, adicionalmente al auditor externo.
Impuesto Municipal
Este impuesto se paga mediante cuotas mensuales, basado en el monto del
activo, mediante una tasa promedio del 1% por millar. Se presenta una
liquidación anual.
Aranceles de importación
Los aranceles por importaciones oscilan entre el 0% al 20%.